PLAN DE INSPECCIÓN COMERCIAL DE ANDALUCIA 2022

PLAN DE INSPECCIÓN COMERCIAL DE ANDALUCIA 2022

PLAN DE INSPECCIÓN COMERCIAL DE ANDALUCIA AÑO 2022

Estimados/as asociados/as:

A través de la presente, le trasladamos resumen del Plan de Inspección Comercial de Andalucía para el año 2022, publicado en el BOJA, en donde se señalan las campañas de inspección que se van a llevar a cabo en distintos establecimientos comerciales y de servicios, a los efectos de verificar por parte de la Dirección General de Consumo el cumplimiento de la legislación vigente, que afectan a los productos y servicios puestos a disposición de las personas consumidoras y usuarias.

 

Los objetivos del Plan de Inspección Comercial, tal y como se establece en el artículo 13 de la Orden de 12 de julio de 2011, serán los siguientes:

a)     Informar a las personas comerciantes de los requisitos legales derivados de la práctica del comercio interior en Andalucía, con el objetivo de que se consiga el desarrollo óptimo de su actividad comercial y repercuta directamente en su beneficio y en el de las personas consumidoras.

b)     Establecer la planificación de las actuaciones que sean adecuadas para velar por el respeto de la normativa vigente en materia de comercio interior.

c)     Proporcionar al personal de inspección la formación necesaria para el ejercicio de sus funciones.

 

Con independencia del calendario de campañas programadas en el Plan de Inspección Comercial de Andalucía, los inspectores deberás realizar las visitas de inspección o los requerimientos de documentación que sean necesarios para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de comercio interior, y en concreto en los siguientes supuestos:

a)     A solicitud de la Dirección General de Comercio o de la Delegación Territorial competente en materia de comercio interior, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, comunicaciones, inhibiciones de otros órganos o ya sea por denuncia o reclamación.

b)     Por iniciativa del personal de inspección, cuando así lo exija la efectividad y oportunidad de la actuación inspectora o cuando se tenga conocimiento por cualquier medio de posibles infracciones, como consecuencia de orden superior, comunicaciones o inhibiciones de otros órganos o por denuncia o reclamación.

 

La programación temporal de las actuaciones del Plan de Inspección Comercial del año 2022 es:

 

ENERO 2022

 

Campaña Rebajas de Invierno

FEBRERO 2022

 

Campaña Rebajas de Invierno

MARZO 2022

 

Campaña Rebajas de Invierno

ABRIL 2022

 

Inspección de Campañas anuales

MAYO 2022

 

Inspección de Campañas anuales

JUNIO 2022

 

Inspección de Campañas anuales

JULIO 2022

 

Campaña Rebajas de Verano

AGOSTO 2022

 

Campaña Rebajas de Verano

SEPTIEMBRE 2022

 

Inspección de Campañas anuales

OCTUBRE 2022

 

Inspección de Campañas anuales

NOVIEMBRE 2022

 

Campaña Venta Promocional ”Black Friday”

DICIEMBRE 2022

 

Campaña Rebajas de Invierno

 

Además de este calendario para campañas más específicas, a lo largo de todo el año se realizará una CAMPAÑA GENERAL DE INFORMACIÓN SOBRE LA NORMATIVA COMERCIAL, en función a la comprobación de lo siguiente:

–       Campaña General de Información sobre la normativa comercial.

–       Campaña sobre Horarios Comerciales.

–       Campaña sobre comprobación Tiendas de Conveniencia.

–       Campañas sobre Venta de Saldos.

–       Campaña sobre Venta en Liquidación.

–       Campaña sobre Ferias de Oportunidades.

–       Campaña sobre Ventas Promocionales.

–       Campaña sobre Venta a Distancia (Comercio Electrónico).

 

El presente Plan de Inspección estará compuesto por las siguientes campañas, las cuales vienen desarrolladas en el Anexo I que se acompaña a la presente resolución:

 

CAMPAÑAS INSPECTORAS DE CARÁCTER TRANSVERSAL

 

Se trata de aquellas actuaciones inspectoras dirigidas a informar sobre la aplicación de la normativa vigente en materia de comercio interior a tener en cuenta por las personas comerciantes.

 

1.     CAMPAÑA GENERAL DE INFORMACIÓN SOBRE LA NORMATIVA COMERCIAL

Se trata de aquellas actuaciones inspectoras dirigidas a informar sobre la normativa reguladora de la actividad comercial y horarios comerciales, haciendo especial hincapié en el régimen general de horarios comerciales y actividades promocionales de venta.

 

Esta campaña tiene por objeto realizar visitas a los establecimientos comerciales a fin de concienciar a las personas comerciantes de la obligatoriedad del cumplimiento de la normativa en materia de comercio que, en definitiva, redunda en su propio beneficio y en el de las personas consumidoras, potenciando de este modo la actuación de la inspección de comercio en su vertiente de apoyo y asesoramiento al sector y en su labor preventiva para eliminar y corregir determinadas conductas ilícitas.

 

Las visitas informativas se realizarán a los establecimientos comerciales sobre los que no se hayan girado visita informativa en los últimos dos años y se llevarán a cabo a lo largo de todo el año 2022.

 

El modo de proceder será girar visitas informativas, las cuales tendrán por objeto concienciar a quienes desarrollen su actividad comercial en Andalucía de los requisitos legales derivados de la práctica del comercio interior, de manera que tengan un pleno conocimiento de los mismos que les permita el desarrollo óptimo de su actividad comercial y que repercuta directamente en su beneficio y en el de las personas consumidoras.

 

En el caso de que en la citada visita se observara algún incumplimiento de la normativa vigente en materia de comercio interior, la Inspección Comercial requerirá a las personas titulares de los establecimientos comerciales o las personas empleadas en los mismos para que, en el menor tiempo posible, adecúen su actividad a la normativa vigente y subsanen los defectos detectados, dejando constancia de ese requerimiento en la correspondiente acta de inspección.

 

En el caso de que fuese necesario, por la Inspección Comercial se habrá de girar una posterior visita de inspección a fin de comprobar si se ha cumplido con el citado requerimiento. En el caso de que los incumplimientos se hubiesen subsanado, se procederá al archivo de las actuaciones iniciadas.

 

CAMPAÑAS INSPECTORAS ESPECÍFICAS

 

Se trata de aquellas campañas inspectoras dirigidas a la comprobación del cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la normativa comercial vigente para el ejercicio de la actividad comercial referidos a la apertura comercial y horarios o tipologías de venta que se lleven a cabo por las personas comerciantes.

 

1.     CAMPAÑA SOBRE HORARIOS COMERCIALES

La regulación de los horarios comerciales en nuestra Comunidad Autónoma es una pieza clave del modelo comercial andaluz, urbano y socialmente rentable y sostenible, consensuado entre la administración autonómica y los agentes económicos y sociales, y que garantiza el equilibrio y la convivencia de la pluralidad de formatos comerciales existentes. Por tanto, la Inspección Comercial habrá de velar por el efectivo cumplimiento de las previsiones normativas sobre horarios comerciales, como que en todos los establecimientos comerciales se exponga en lugar visible el horario de apertura y cierre, así como que el cómputo semanal sea como máximo de 90 horas.

 

Los domingos y días festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante el año 2022 son los siguientes:

·         2 de enero, domingo

·         9 de enero, domingo

·         27 de febrero, domingo

·         14 de abril, jueves (Jueves Santo)

·         2 de mayo, lunes (traslado de la festividad del Día del Trabajador)

·         *26 de Junio, domingo (solo en Granada Capital los comercios podrán abrir este día por la permuta con el 15 de agosto)

·         3 de julio, domingo

·         31 de julio, domingo

·         *15 de agosto, lunes (en Granada Capital los comercios permanecerán cerrados por la permuta con el 26 de junio)

·         28 de agosto, domingo

·         1 de noviembre, martes (Festividad de todos los Santos)

·         27 de noviembre, domingo

·         4 de diciembre, domingo

·         8 de diciembre, jueves (Festividad de la Inmaculada Concepción)

·         11 de diciembre, domingo

·         18 de diciembre, domingo

·         26 de diciembre, lunes (traslado de la Festividad del Día de Navidad)

 

Los objetivos de la presente campaña son:

·         Evitar incumplimientos del régimen de horarios comerciales y por tanto de la competencia desleal respecto a otros establecimientos comerciales

·         Comprobar que las denominadas Tiendas de Conveniencia y establecimientos comerciales individuales, que no formen parte de un establecimiento colectivo y dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 m², excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, según la legislación vigente.

 

Se hará especial hincapié en comprobar si los establecimientos denominados “TIENDA DE CONVENIENCIA”. Una TIENDA DE CONVENIENCIA es aquélla que, con una superficie útil para la exposición y venta al público no superior a quinientos metros cuadrados, ni inferior a trescientos metros cuadrados, permanecen abiertas al público, al menos, dieciocho horas al día, y distribuyen su oferta, en forma similar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos, vídeos, productos o material audiovisual e informático, juguetes, regalos y artículos varios, sin exclusión de ninguno de estos productos, y sin que predomine netamente uno sobre los demás. En todo caso, la oferta alimentaria debe ser menor del cuarenta por ciento del surtido, medido en número de referencia, ni ocupar más del treinta y cinco por ciento de la superficie de exposición y venta del establecimiento medido en metros lineales.

 

Así mismo, se inspeccionarán los establecimientos comerciales individuales, que no formen parte de un establecimiento colectivo, y dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 m² excluidos los que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no sean pequeñas y medianas empresas, para comprobar si se adecuan a la excepción establecida en la norma o bien están sujetos al Régimen General de Horarios.

 

2.     CAMPAÑA SOBRE VENTAS EN REBAJAS.

La Ley de Comercio regula las Ventas Promocionales, entendidas como aquellas que ofrecen productos en condiciones más ventajosas que las habituales en el comercio, mediante descuentos, regalos, premios o cualquier otro tipo de incentivos.

 

En este sentido se establecen una serie de características y requisitos que deben respetar este tipo de ventas, especialmente en cuanto a la información o publicidad de las mismas, la separación o el precio de los productos. Hay que mencionar que tras la modificación de la legislación que dispone que las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo con claridad, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado en cada uno de ellos y que tanto en la publicidad como en la información ofrecida a las personas consumidoras sobre las ventas en rebajas, se indicarán las fechas de comienzo y final de las mismas.

 

Asimismo, se dispone que será infracción leve la realización de venta en rebajas fuera del periodo estacional anunciado por el comerciante, así como el anuncio de la venta en rebajas de un establecimiento comercial cuando afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo, salvo que se anuncie cada producto o artículo en concreto.

 

La exigencia de estos requisitos tiene como finalidad que esta práctica promocional no suponga un menoscabo en los derechos y garantías de las personas consumidoras, y por ende no provoque incertidumbre e inseguridad que redundará en una menor calidad y competitividad en el sector comercial.

 

Los objetivos que se persiguen con esta campaña son los siguientes:

·         Evitar fraudes de ley y prácticas ilícitas.

·         Impedir la posible confusión e indefensión de las personas consumidoras.

·         Mejorar la competitividad del sector comercial.

 

3.     CAMPAÑA SOBRE VENTAS DE SALDOS.

Se denomina como factory o outlet al establecimiento comercial especializado en la venta de productos en inventario o de una temporada anterior, siendo por tanto el precio inferior al habitual. En estas tiendas también se venden productos con pequeños defectos, a precios muy rebajados. Los derechos de las personas consumidoras en el ámbito de la adquisición efectuada en un outlet son exactamente los mismos que en cualquier otra tienda en cuanto a defectos de la mercancía, devoluciones, garantía, etc.

 

La campaña sobre venta de saldos tiene los siguientes objetivos:

·         Identificar los establecimientos comerciales que realicen con carácter puntual ventas de saldos y comprobar si cumplen con los requisitos que la normativa vigente que considera infracción grave la oferta como saldos de objeto cuyo valor de mercado no se encuentre manifiestamente disminuido como consecuencia de su deterioro, desperfecto, pérdida de actualidad o cualesquiera otras circunstancias que afecten a su naturaleza o a su utilidad.

·         Identificar los establecimientos comerciales que realicen con carácter permanente ventas de saldos y comprobar si cumplen con los requisitos que la normativa vigente que considera infracción grave la oferta de saldos en establecimientos que practiquen este tipo de ventas con carácter no habitual de productos adquiridos para tal fin, o que no hubieran estado puestos a la venta con anterioridad.

·         Evitar incumplimientos en la realización de este tipo de ventas promocionales y competencia desleal respecto de otros establecimientos comerciales.

·         Impedir prácticas comerciales desleales para las personas consumidoras y usuarias.

·         Mejorar la competitividad del sector comercial.

 

4.     CAMPAÑA SOBRE VENTAS EN LIQUIDACIÓN.

Las ventas en liquidación tienen carácter excepcional y su finalidad es extintiva respecto de determinadas existencias de productos, que anunciada con esta denominación u otra equivalente, es llevada a cabo en los casos de cese total o parcial de la actividad comercial, en la modificación sustancial en la orientación del negocio y en el cambio de local o realización de obras de importancias en el mismo.

 

La campaña sobre ventas en liquidación tiene los siguientes objetivos:

·         Identificar los establecimientos comerciales que realicen ventas en liquidación.

·         Comprobar si cumplen con los requisitos que la normativa vigente establece para este tipo de ventas.

·         Verificar que todas las ventas en liquidación que se anuncian en establecimientos comerciales, se encuentran dentro de los supuestos recogidos expresamente en la ley.

 

5.     CAMPAÑA SOBRE FERIAS DE OPORTUNIDADES.

Las Ferias de Oportunidades son un fenómeno que se inserta en nuestra tradicional estructura comercial, y cuya práctica se ha venido observando que se está extendiendo progresivamente, generando dudas e inseguridades, tal y como reflejan las numerosas consultas y denuncias recibidas en la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, tanto del propio sector comercial como de las asociaciones representativas de las personas consumidoras y usuarias.

 

Este tipo de ventas promocionales se encuentra regulada en una Sección específica dentro de las ventas promocionales en la ley, donde se establece su definición, los requisitos generales que han de cumplirse para su celebración y las obligaciones de información, tanto por la entidad organizadora del evento como de las propias personas comerciantes participantes.

 

La campaña inspectora sobre Ferias de Oportunidades persigue los siguientes objetivos:

·         Verificar que las Ferias de Oportunidades promovidas ya sea por las personas comerciantes, sus asociaciones o entidades representativas o bien por cualquier entidad pública o privada, son celebradas fuera del establecimiento comercial habitual de cada persona comerciante.

·         Comprobar que los productos se venden en condiciones más ventajosas que las habituales, beneficiando con ello a las personas consumidoras.

·         Constatar que las ventas realizadas en estas Ferias de Oportunidades cumplen los requisitos previstos en la ley respecto a este tipo de ventas promocionales.

·         Evitar incumplimientos en la realización de este tipo de ventas promocionales y competencia desleal respecto de otros establecimientos comerciales.

·         Impedir prácticas comerciales desleales para las personas consumidoras y usuarias.

 

6.     CAMPAÑA SOBRE VENTAS PROMOCIONALES: «BLACK FRIDAY» O «VIERNES NEGRO», «MID SEASON SALES», ETC.

Las ventas en promoción o en oferta se definen como aquellas que ofrezcan a las personas consumidoras productos en condiciones más ventajosas que las habituales en el comercio, mediante descuentos, regalos, premios o cualquier tipo de incentivos.

 

En los últimos tiempos se ha venido detectando el auge de determinadas promociones venidas de otros paises llamadas «Viernes Negro» o «Black Friday», «Mid season sales», etc y que a día de hoy la promoción de estos días por parte de las distintas empresas comerciales se encuentra consolidada en nuestra comunidad autónoma.

 

La presente campaña inspectora persigue los siguientes objetivos:

·         Evitar confusión e indefensión de las personas consumidoras.

·         Evitar fraudes e incumplimientos legales por parte de las personas comerciantes.

·         Mejorar la competitividad del sector comercial.

 

Las visitas de inspección se llevarán a cabo mediante visitas giradas a los establecimientos comerciales que anuncien este tipo de ventas promocionales con el objetivo de inspeccionar la publicidad e información de los productos sobre las condiciones de las ofertas, duración de las mismas y verificar el cumplimiento de los requisitos que la normativa vigente establece para la ventas promocionales, comprobar la debida separación entre los distintos tipos de ventas promocionales y que la persona comerciante dispone de existencias suficientes de los productos ofertados.

 

7.     CAMPAÑA SOBRE VENTAS A DISTANCIA (COMERCIO ELECTRÓNICO).

El comercio electrónico o comercio por internet es uno de los sectores comerciales de mayor crecimiento en los últimos años y constituye una práctica totalmente implantada en nuestra sociedad. Cada año aumenta el número de personas que efectúan sus compras a través de internet. La sociedad está cambiando sus hábitos de compra, y es una realidad que la Inspección de Comercio no puede obviar.

 

La campaña sobre ventas a distancia o comercio electrónico tiene los siguientes objetivos:

·         Garantizar la seguridad en las compras a las personas consumidoras.

·         Evitar fraudes e incumplimientos legales por parte de las personas comerciantes.

·         Comprobar el cumplimiento de la normativa específica de las ventas a distancia, como de los artículos referidos a las ventas promocionales, pues muchas de estas se realizan de forma Online.

 

La campaña hará especial hincapié cuando coincida con ventas promocionales como Black Friday o en periodo de rebajas, y se distribuirá el análisis de las páginas web por provincias y productos con el fin de que no se inspeccionen las mismas páginas por varias provincias.

 

Se comprobará el cumplimiento de la ley relativa a la publicidad, y en caso de coincidir con algún tipo de venta promocional, a fin de comprobar que se cumplen también los requisitos exigidos a estas.

 

Esperando que esta información sea de su interés, y quedando como siempre a su disposición al teléfono 958251372 o al email federacion@comerciogranada.com , reciban un cordial saludo.

 

Fdo. Miguel Moreno Fernández

Secretario General

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